viernes, 30 de septiembre de 2011

Crítica de Talcott Parsons al utilitarismo, a Spencer y Hobbes (Estructural Funcionalismo)


Parsons critica el utilitarismo desde su soporte científico teórico. Tomando la idea del utilitarismo de “progreso” y su concepción “lineal” del mismo, donde la premisas constituyen la base de su posterior éxito como proposición, en una relación meramente cuantitativa de acumulación de “hechos” empíricamente comprobables, elabora su crítica a esta forma teórica, denunciando que en estos sistemas lo realmente importante de estos supuestos hechos empíricamente verificables, es la funcionalidad que los mismos pueden tener para la comprobación de la propia  teoría. Estos sistemas teóricos excluyen los llamados errores de la observación, en el llamado margen de error de estos métodos. De esta manera la teoría quedaría verificada. Parsons se niega a esta idea, argumentando primariamente, que el conocimiento no es solo una acumulación de datos positivos empíricamente verificados, sino más bien que ese margen de error, debiera ser incluido en el mismo sistema teórico. (Categorías residuales, a eso me referiré mas adelante).

Parsons critica a Spencer y a Hobbes. Del primero critica su radicalismo individualista, el que pretende hacer una fusión de las ideas darwinistas biológicas y la teoría social, donde la idea de evolución y de progreso, que nos dice que los humanos solo se sienten atraídos por la obtención de su propio beneficio y sus fines privados como finalidad, buscando el individuo su propia satisfacción. Aquí hay un primer momento en la crítica de Parsons al utilitarismo individualista.     De Hobbes critica su concepción de orden, también  como un elemento únicamente utilitario. Para Hobbes el problema del orden básicamente es un problema sobre las pasiones humanas. Para contener esas pasiones, debe operar un orden que acabe con ese estado natural del bellum erga omnes. Hobbes propone una sociedad basada en la obediencia, que reemplaza la idea de felicidad por la de seguridad. El problema para Hobbes, era precisamente estas pasiones humanas, por lo que veía necesario, la contención de las mismas, en un corpus teórico formal, que contuviera esa variable, a saber, el contrato social. Más que contener las pasiones de los individuos, lo que hace el contractualismo, es negar toda la esfera de la individualidad, en una relación unidireccional, desde el Estado fáctico hacia el mundo social, donde las motivaciones y pasiones de los actores, ya se nos aparecen contenidas y de alguna manera, negadas en pro del bien de la institución.

Ambas concepciones utilitarias, sea la forma que solo reconoce los deseos de los actores, sea la forma que reconoce solo la necesidad de orden de la agencia o institución, son atomísticas, pues ambas se sitúan en una posición ideológica incompleta, que no incluye los otros elementos de la acción social, por lo tanto, carecen de toda normatividad.

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